Mapa del Sitio

ÁREA TRANSVERSAL Presidencia

Haga clic aquí para conocer nuestros comunicados de prensa ANDI.

Ir a Sala de Prensa

Para comunicarse con nuestras dependencias ANDI haga clic aquí.

Consultar Directorio

Consulte aquí el catálogo de la biblioteca especializada Jairo Escobar Padrón.

Ir a la biblioteca

Socios Estratégicos

Ver Todos


Funciones del Presidente de la ANDI y forma de elección

Funciones

Aplicar las políticas y estrategias generales para alcanzar las metas establecidas por la Asamblea y la Junta de Dirección General. En desarrollo de esta responsabilidad, podrá emitir las declaraciones públicas que comprometan la entidad, pudiendo delegar estas atribuciones en otros funcionarios de la Asociación para que lo hagan conforme a sus instrucciones.

Llevar la representación de la Asociación, así como dirigir su acción administrativa.

Crear y suprimir los cargos que sean indispensables para la buena marcha de la entidad, salvo aquellos cuya creación corresponde a la Junta de Dirección General.

Designar y remover los vicepresidentes y asesores de la Presidencia, informando de sus decisiones a la Junta de Dirección General. Igualmente, nombrar y remover los empleados que no dependan de la Asamblea General.

Fijar los salarios al personal de la Asociación, de acuerdo con políticas trazadas por la Junta de Dirección General.

Constituir Comités consultivos para el estudio de problemas que a su juicio requieran una atención especial.

Constituir los apoderados que sean indispensables de acuerdo con los requerimientos de la Asociación.

Realizar, u ordenar que se realicen, los actos o contratos convenientes para la buena marcha de la Asociación. En los casos contemplados por estos Estatutos, deberá solicitar la autorización a la Junta de Dirección General.

Cumplir con las demás funciones que le asigne la Asamblea General y la Junta de Dirección General.

 

Forma de elección


ARTICULO 36. El Presidente es el representante legal de la Asociación. El gobierno y la administración directa de la misma estarán a su cargo. Será elegido por la Junta de Dirección General para períodos de dos (2) años pero podrá ser reelegido indefinidamente. En sus faltas temporales será reemplazado por los suplentes que designe la Junta de Dirección General.

ARTICULO 37. Al Presidente estarán sometidos en el desempeño de sus funciones todos los empleados cuyo nombramiento no corresponda a la Asamblea General.

+ bffdfd Ver documentos relacionados